Saltar al contenido

Artículo 5 de la Ley 17.522 · Autoriza a la municipalidad de cisnes contratar emprestitos que indica

Autoriza a la municipalidad de cisnes contratar emprestitos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29080 / 8284328.

Texto oficial

Artículo 5°- Autorízase, en caso de no contratarse los empréstitos referidos en el artículo 1°, la inversión directa en la ejecución de las obras indicadas en el artículo 3° de las tasas parciales a que se refiere el artículo anterior, y su percepción por la Municipalidad.