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Artículo 3 de la Ley 17.545

Autoriza a la municipalidad de magallanes para transferir al fisco el sitio y las construcciones que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29099 / 5982061.

Texto oficial

Artículo 3°.- Si por cualquier causa la propiedad singularizada en el artículo 1° se destinare a fines diversos del señalado en el artículo anterior, por el solo ministerio de la ley quedará resuelta la transferencia gratuita y el dominio del inmueble volverá a la Municipalidad de Magallanes".