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Artículo 11 de la Ley 17.574 · Modifica código del trabajo y crea juzgados y cargos de la judicatura del trabajo

Modifica código del trabajo y crea juzgados y cargos de la judicatura del trabajo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29116 / 8845341.

Texto oficial

Artículo 11.- Los Secretarios de los Juzgados de primera categoría figurarán en la sección "C" del Escalafón Judicial del Trabajo y los Oficiales Primeros y Receptores de Juzgado de primera categoría y Oficiales Ayudantes de las Cortes del Trabajo en la sección "E" del mismo Escalafón.