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Artículo 9 de la Ley 17.646 · Aumenta planta de oficiales de empleados civiles de la fuerza aerea de chile

Aumenta planta de oficiales de empleados civiles de la fuerza aerea de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29182 / 8831224.

Texto oficial

Artículo 9°.- En virtud del aumento de plazas que se contempla en los artículos precedentes, establécese que la Planta Permanente de Empleados Civiles de la Subsecretaría de Aviación, será la que a continuación se indica: ======================================================= 1 Subsecretario de Aviación (Ia. Cat. ley 16.617 y leyes que la complementen o modifiquen). 4 Jefes de Sección (V. Cat.) 4 Administrativos (V. Cat.) 6 Administrativos (Grado 1°) 7 Administrativos (Grado 4°) 9 Administrativos (Grado 6°)