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Artículo UNICO de la Ley 17.669

Autoriza al presidente de la república para destinar la cantidad que indica a la direccion general de bibliotecas, archivos y museos para los fines que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29201 / 5982514.

Texto oficial

"Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para destinar, con cargo al Presupuesto General de la Nación, la cantidad de E° 350.000,- a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos, para que adquiera por compra directa o expropiación, el inmueble donde nació el poeta Pablo Neruda, ubicado en la calle San Diego 765, de la ciudad de Parral, con el objeto de que se construya un edificio destinado a Museo, Biblioteca y Salón de Actos. Este edificio llevará el nombre de "Casa Popular de la Cultura Pablo Neruda".".