Texto oficial
"Artículo único.- Concédese personalidad jurídica a la Arquidiócesis Católica Apostólica Ortodoxa de Chile, la que se regirá por sus Estatutos y por las normas canónicas y eclesiásticas aplicables a dicha institución religiosa.
La personalidad jurídica que se concede por el inciso anterior regirá por el solo ministerio de la ley, a contar desde el depósito de un ejemplar de sus Estatutos en el Ministerio de Justicia.