Texto oficial
Artículo 29.- Sustitúyese, en el inciso primero del
artículo 11 de la ley N° 17.416, la frase "1° de Enero de
1973" por la siguiente: "1° de Octubre de 1972".
Derógase a contar del 1° de Octubre de 1972, lo
dispuesto en el inciso cuarto del artículo 99 de la ley N°
16.617.
Derógase asimismo, a contar del 1° de Octubre de 1972,
el artículo 20 de la ley N° 16.840.