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Artículo UNICO de la Ley 17.841

Otorga recursos al servicio de bienestar de la armada para la construccion y terminacion del estadio naval de talcahuano

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29317 / 9046605.

Texto oficial

"Artículo único.- Destínase al Servicio de Bienestar de la Armada Nacional la suma de E° 10.000.000 con el objeto de que la invierta en las obras de construcción y terminación del Estadio Naval, en Talcahuano. El gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará a la parte no distribuida de los excedentes de la cuenta F-48, Sorteo Nacional de Boletas de Compraventas y Servicios.".