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Artículo 2 de la Ley 17.842 · Modifica la ley n° 15.593

Modifica la ley n° 15.593

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29318 / 5983106.

Texto oficial

Artículo 2.- Las Fuerzas Armadas están exentas de la obligación de efectuar las adquisiciones o enajenaciones de bienes de uso o consumo o de capital por intermedio de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado.".