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Artículo UNICO de la Ley 17.872 · Reincorpora a la planta de carabineros de chile a la persona que indica

Reincorpora a la planta de carabineros de chile a la persona que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29328 / 8284553.

Texto oficial

Artículo único.- En la primera vacante que exista en la Planta de Carabineros de Chile, será reincorporado el Teniente en retiro don Werner Yanes Ferreira, en el cargo y lugar que le corresponda de acuerdo a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 30 del DFL. N.° 2, de 17 de Octubre de 1968.