Texto oficial
Artículo único.- Destínase al Obispado de San Felipe la suma de E° 1.000.000 para la reconstrucción de la iglesia de Putaendo.
De la inversión de esta suma deberá darse cuenta a la Contraloría General de la República.
El mayor gasto que demande esta ley se imputará al ítem 08/01/03.065, Fondo Nacional de Reconstrucción, ley N° 17.564, del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.