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Artículo UNICO de la Ley 17.873 · Destina al obispado de san felipe la suma que indica para los fines que señala

Destina al obispado de san felipe la suma que indica para los fines que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29329 / 5983162.

Texto oficial

Artículo único.- Destínase al Obispado de San Felipe la suma de E° 1.000.000 para la reconstrucción de la iglesia de Putaendo. De la inversión de esta suma deberá darse cuenta a la Contraloría General de la República. El mayor gasto que demande esta ley se imputará al ítem 08/01/03.065, Fondo Nacional de Reconstrucción, ley N° 17.564, del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.