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Artículo 4 de la Ley 17.874

Dispone la condonacion de las deudas que indica en favor de los huerteros de la colonia santa fe, del departamento de la laja

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29330 / 5983168.

Texto oficial

Artículo 4.- La Corporación de la Reforma Agraria dará preferencia a la ubicación de los huerteros de la Colonia Santa Fe a que se refiere el artículo 1 de la presente ley, en los asentamientos que establezca en el departamento de La Laja. La preferencia a que se refiere el inciso anterior se otorgará, en este caso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 72 de la ley N° 16.640, de 28 de Julio de 1967.