Texto oficial
Artículo 5.- La presente ley se financiará con los mayores ingresos que se produzcan durante el año 1972 con respecto a los estimados en el cálculo de entradas del Presupuesto de la Nación vigente para este mismo año.
Suplementa item que indica en las cantidades que expresa
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29333 / 5983179.