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Artículo 2 de la Ley 17.901

Proyecto de ley que incorpora al personal de la corporacion de la reforma agraria al regimen de la caja nacional de empleados publicos y periodistas y declara imponible la moficacion del articulo 2° del DFL 1 de 1970, del ministerio de agricultura

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29350 / 7179687.

Texto oficial

Artículo 2.- A partir del día 1.° del mes siguiente a la publicación de la presente ley, la bonificación establecida en el artículo 2 del DFL. N.° 1, de 1970, del Ministerio de Agricultura, tendrá el carácter de imponible para los efectos previsionales.".