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Artículo 2 de la Ley 17.923 · Exime de pago contribucion territorial a los predios agricolas que señala

Exime de pago contribucion territorial a los predios agricolas que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29369 / 5983316.

Texto oficial

Artículo 2°- El menor ingreso que a la Municipalidad de Pica signifique la aplicación de la presente ley, será compensado por el Fisco a través del Presupuesto Nacional.