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Artículo 1 de la Ley 17.926 · Modifica la ley n° 14.853, en la parte que indica

Modifica la ley n° 14.853, en la parte que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29372 · idParte: 8284602

Texto oficial

"Artículo Unico.- Reemplázase, en el inciso primero del artículo 10, de la ley N° 14.853, General sobre Inscripciones Electorales, la expresión "cinco centésimos de escudos", por "un milésimo del sueldo vital, Escala A., del departamento de Santiago".