Texto oficial
Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Pitrufquén, del departamento del mismo nombre, provincia de Cautín, para contratar uno o más empréstitos directamente con el Banco del Estado de Chile, Corporación de Fomento de la Producción u otras instituciones de crédito o bancarias, que produzcan hasta la suma de quinientos treinta mil escudos (E° 530.000,-), al interés corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.