Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 17.933 · Autoriza a la municipalidad de pitrufquen para contratar uno o mas emprestitos

Autoriza a la municipalidad de pitrufquen para contratar uno o mas emprestitos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29378 / 8284612.

Texto oficial

Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Pitrufquén, del departamento del mismo nombre, provincia de Cautín, para contratar uno o más empréstitos directamente con el Banco del Estado de Chile, Corporación de Fomento de la Producción u otras instituciones de crédito o bancarias, que produzcan hasta la suma de quinientos treinta mil escudos (E° 530.000,-), al interés corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.