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Artículo 11 de la Ley 17.955 · Aumenta las plantas de oficiales y empleados civiles de la armada

Aumenta las plantas de oficiales y empleados civiles de la armada

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29392 / 5983410.

Texto oficial

Artículo 11.- El mayor gasto anual que signifique la aplicación de la presente ley se financiará con cargo a los ítem de Sueldos y Sobresueldos de la Subsecretaría de Marina del Ministerio de Defensa Nacional.