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Artículo 2 de la Ley 17.960 · Crea casa de la cultura y del maestro en la ciudad de talca

Crea casa de la cultura y del maestro en la ciudad de talca

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29397 · idParte: 5983435

Texto oficial

Artículo 2.°- Transfiérese a título gratuito al Sindicato Unico de Trabajadores de la Educación Provincial de Talca, y con el objeto de destinarlo a la Casa de la Cultura y del Maestro de esa ciudad, el inmueble formado por sitio y casa habitación ubicado en calle 5 Norte de la ciudad de Talca, inscrito a nombre del Fisco a fojas 154, N.° 344 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año 1934, y cuyos deslindes, según su título, son los siguientes: Norte, calle 5 Norte y Anacleto Montero; Sur, Domínguez y otros; Oriente, Miguel A. Gaete, y Poniente, calle 6 Oriente. Para estos efectos, autorízase al Intendente de Talca para suscribir, en representación del Fisco, la correspondiente escritura pública.