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Artículo 1 transitorio de la Ley 17.968 · Crea fondo general de recursos impositivos de choferes e inspectores que indica

Crea fondo general de recursos impositivos de choferes e inspectores que indica

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29403 · idParte: 8912593

Texto oficial

Artículo transitorio.- El porcentaje a que se refiere el artículo 1 de la presente ley será del 7% mientras no sea fijado por la Superintendencia de Seguridad Social en la forma señalada en el inciso segundo de dicho artículo.".