Saltar al contenido

Artículo 12 de la Ley 18.011 · Modifica disposiciones aplicables a trabajadores embarcados o gente de mar

Modifica disposiciones aplicables a trabajadores embarcados o gente de mar

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29439 · idParte: 8796699

Texto oficial

Artículo 12.- Las referencias que esta ley hace al capitán de la nave se entenderán efectuadas al patrón, en su caso.