Texto oficial
ARTICULO 4° Los procesos criminales relativos a los
delitos penados en esta ley, se sujetarán a las
disposiciones del Título VI de la ley 12.927 sobre
Seguridad del Estado.
Sanciona contravenciones que indica.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29443 / 8845583.