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Artículo 12 transitorio de la Ley 18.018 · Modifica decreto ley n° 2.200 de 1978, y otras disposiciones en materia laboral

Modifica decreto ley n° 2.200 de 1978, y otras disposiciones en materia laboral

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29446 · idParte: 8914488

Texto oficial

Artículo 12.- Lo dispuesto en el artículo 7° transitorio se aplicará también a los trabajadores afectos al decreto ley N° 552, de 1974, que estén prestando servicios a la fecha de su derogación. El promedio a que se refiere el inciso segundo de dicho artículo se calculará sobre la base de los incentivos y las asignaciones por riesgo profesional, de Fiestas Patrias, Navidad y escolaridad.