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Artículo de la Ley 18.019 · Modifica el decreto ley n° 2.469, de 1979

Modifica el decreto ley n° 2.469, de 1979

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29447 / 8284709.

Texto oficial

Agrégase al decreto ley N° 2.469, de 1979, el siguiente artículo 9°: Artículo 9°.- Mientras se lleve a cabo un proceso de negociación colectiva de trabajadores de un establecimiento de ENACAR S.A., no será aplicable la indemnización especial a que se refiere el artículo 2° de este decreto ley a aquellos que cesen en sus funciones por renuncia voluntaria o de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 del decreto ley N° 2.758, de 1979.