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Artículo 10 de la Ley 18.061 · Crea el comite asesor presidencial

Crea el comite asesor presidencial

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29488 · idParte: 8797063

Texto oficial

Artículo 10.- El personal del Comité Asesor Presidencial podrá solicitar su ingreso y afiliación al servicio de bienestar que se establezca para el personal de la Presidencia de la República.