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Artículo 12 de la Ley 18.061 · Crea el comite asesor presidencial

Crea el comite asesor presidencial

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29488 · idParte: 8797065

Texto oficial

Artículo 12.- Los gastos que demande el funcionamiento del Comité Asesor Presidencial se fijarán anualmente en la Ley de Presupuestos. La dotación máxima de este organismo será de 130 personas.