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Artículo 1 transitorio de la Ley 18.082 · Otorga derecho de opcion a beneficiarios de montepio que indica

Otorga derecho de opcion a beneficiarios de montepio que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29508 · idParte: 7180593

Texto oficial

Artículo transitorio.- Excepcionalmente durante el año 1982, las resoluciones que recaigan en las solicitudes que presenten los beneficiarios de montepío causados por personal de las Fuerzas Armadas retirado con anterioridad al 9 de Septiembre de 1915, producirán sus efectos a partir del día 1° del mes subsiguiente al de su fecha de dictación.