Texto oficial
Artículo 65.- Será competente para realizar el
protesto por falta de aceptación o por falta de fecha de
ésta, el funcionario correspondiente al lugar en que deba
prestarse la aceptación.
Dicta nuevas normas sobre letra de cambio y pagare y deroga disposiciones del código de comercio
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29517 / 8529562.