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Artículo 1 de la Ley 18.173 · Modifica el código sanitario

Modifica el código sanitario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29595 / 7181095.

Texto oficial

Artículo 1°.- Derógase el artículo 145 del Código Sanitario y la ley N° 15.262.