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Artículo 1 transitorio de la Ley 18.174 · Concede beneficios para los trabajadores de la empresa nacional del carbon s.a.

Concede beneficios para los trabajadores de la empresa nacional del carbon s.a.

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29596 · idParte: 8285109

Texto oficial

Artículo transitorio.- Los trabajadores que a la fecha de vigencia de la presente ley tuvieren pendiente la realización de cursos de capacitación, solicitados oportunamente en conformidad a lo dispuesto en el decreto ley N° 2.469, de 1979, podrán ceder sus derechos a las personas indicadas en el artículo 4°, inciso segundo de este cuerpo legal, dentro del plazo de 90 días.