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Artículo 4 de la Ley 18.176

Crea cargos en cortes de apelaciones que indica; crea nuevos juzgados, fija las plantas correspondientes, establece normas sobre el servicio judicial y modifica el código orgánico de tribunales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29598 / 8788438.

Texto oficial

Artículo 4°.- Créanse los siguientes tribunales en los departamentos que se indica: 1.- Departamento de Arica : Cuarto Juzgado de Letras. 2.- Departamento de Iquique: Cuarto Juzgado de Letras. 3.- Departamento de San Felipe: Segundo Juzgado de Letras 4.- Departamento de Valparaíso: Sexto y Séptimo Juzgado del Crimen. 5.- Departamento Presidente Aguirre Cerda: Sexto, Séptimo, Octavo, Noveno, Décimo y Decimoprimer Juzgados del Crimen. 6.- Departamento de Melipilla: Segundo Juzgado de Letras. 7.- Departamento de Talcahuano: Tercer Juzgado de Letras. 8.- Departamento de Temuco: Quinto Juzgado de Letras. 9.- Departamento de Villarrica: Juzgado de Letras con asiento en la ciudad de Pucón, y jurisdicción en la comuna del mismo nombre. 10.-Departamento de Puerto Varas: Segundo Juzgado de Letras.