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Artículo 26 de la Ley 18.196

Normas complementarias de administración financiera, personal y de incidencia presupuestaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29617 / 8123801.

Texto oficial

Artículo 26.- Reemplázanse los plazos y porcentajes de los incrementos que establece para los años 1983 y 1984 el inciso penúltimo del artículo 41 del decreto ley N° 3.551, de 1981, por los siguientes: "un 25% desde enero de 1985; un 25% desde enero de 1986 y un 25% a partir del 1° de enero de 1987".