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Artículo 39 de la Ley 18.196

Normas complementarias de administración financiera, personal y de incidencia presupuestaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29617 / 8123814.

Texto oficial

Artículo 39.- Derógase, a contar desde la fecha de su vigencia, el decreto con fuerza de ley N° 12, de Hacienda, de 19 de mayo de 1982. Recuperarán su vigencia, los escalafones que fueron sustituidos por la disposición legal derogada.