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Artículo 9 de la Ley 18.206

Deroga el decreto ley 1.519, de 1976, sobre impuesto habitacional, y complementa programas de absorción de cesantía

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29626 / 8746898.

Texto oficial

ARTICULO 9° Los empleadores de las empresas que hayan iniciado sus actividades a partir del 1° de julio de 1982, o que lo hagan en el futuro, podrán impetrar la asignación por contratación adicional sólo desde el quinto mes contado desde dicha iniciación.