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Artículo UNICO de la Ley 18.213 · Exceptua a los secretarios regionales ministeriales del proceso calificatorio anual

Exceptua a los secretarios regionales ministeriales del proceso calificatorio anual

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29633 / 8285163.

Texto oficial

Artículo único.- Los Secretarios Regionales Ministeriales estarán exentos de todo proceso calificatorio anual. Los Secretarios Regionales Ministeriales, que a su vez sean funcionarios de un servicio, mantendrán la última calificación obtenida, durante todo el período en que desempeñen tales funciones, salvo que el interesado solicite, ante quien corresponda, ser calificado.