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Artículo 4 de la Ley 18.263 · Establece normas sobre reajustes de pensiones

Establece normas sobre reajustes de pensiones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29683 · idParte: 9074366

Texto oficial

ARTICULO 4° Declárase que los beneficiarios de pensiones de montepío de quienes tenían derecho a que sus pensiones les fueren calculadas sobre la base de su última remuneración imponible de actividad, fallecidos en servicio activo con posterioridad al 1° de octubre de 1982, han tenido derecho, asimismo, al beneficio establecido en el artículo 44° de la ley 18.196.