Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 18.299 · Modifica articulo 274 del código orgánico de tribunales

Modifica articulo 274 del código orgánico de tribunales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29716 / 7182922.

Texto oficial

Artículo único.- Suprímese, en el inciso segundo del artículo 274 del Código Orgánico de Tribunales, la frase: "Las votaciones tendrán el carácter de secretas.".