Texto oficial
Artículo único.- Suprímese, en el inciso segundo del artículo 274 del Código Orgánico de Tribunales, la frase: "Las votaciones tendrán el carácter de secretas.".
Modifica articulo 274 del código orgánico de tribunales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29716 / 7182922.