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Artículo UNICO de la Ley 18.300 · Modifica el decreto ley n° 839, de 1975

Modifica el decreto ley n° 839, de 1975

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29717 / 8869863.

Texto oficial

Artículo único.- Introdúcese la siguiente modificación al decreto ley N° 839, de 1975: Sustitúyese, en el artículo 1°, del decreto ley N° 839, de 1975, la expresión: "los años 1974, 1975, 1978 y 1979", por "los años 1974, 1975, 1978, 1979, 1982, 1983 y 1984".