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Artículo 2 de la Ley 18.352

Autoriza al comandante en jefe de la fuerza aerea de chile para donar material aereo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29767 / 5987611.

Texto oficial

Artículo 2°.- La donación a que se refiere el artículo anterior estará exenta de todo impuesto y eximida del trámite de insinuación.