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Artículo 24 de la Ley 18.379

Autoriza reprogramacion de las deudas por imposiciones, aportes e impuestos establecidos en los decretos leyes n°s. 3.500 y 3.501, de 1980, de los empleadores con las instituciones de prevision

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29794 / 8638221.

Texto oficial

Artículo 24.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto ley N° 3.500, de 1980: a) Sustitúyese en el inciso quinto del artículo 19, la expresión "una Unidad de Fomento" por "media Unidad de Fomento", y b) Reemplázase, en los incisos noveno y décimo del artículo 19, las expresiones "cincuenta por ciento" por "veinte por ciento".