Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 18.381 · Otorga bonificacion mensual docente a los profesores civiles de carabineros de chile

Otorga bonificacion mensual docente a los profesores civiles de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29796 / 5987854.

Texto oficial

Artículo 2°.- El gasto que signifique la aplicación de la presente ley será de cargo del respectivo Presupuesto Institucional de Carabineros de Chile.