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Artículo 12 de la Ley 18.382

Normas complementarias de administración financiera, personal y de incidencia presupuestaria.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29797 / 8509900.

Texto oficial

Artículo 12.- Sustitúyese el inciso tercero del artículo 1° de la ley N° 18.297, por el siguiente: "A la administración de ENAER les serán aplicables las disposiciones financieras que rijan para las empresas del Estado, que dependen o se relacionan con el Ejecutivo a través del Ministerio de Defensa Nacional."