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Artículo 1 transitorio de la Ley 18.398 · Modifica el decreto ley 3.500, de 1980, que establece nuevo sistema de pensiones

Modifica el decreto ley 3.500, de 1980, que establece nuevo sistema de pensiones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29810 / 9109005.

Texto oficial

ARTICULO 1° Durante los seis primeros meses de vigencia de esta ley, corresponderá a la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones confeccionar los proyectos a que se refiere el artículo 107° del decreto ley 3.500, de 1980, agregado por esta ley.