Texto oficial
Artículo 15.- Para determinar si existe reincidencia respecto de los delitos castigados por esta ley, se tendrán también en cuenta las sentencias firmes dictadas en un estado extranjero.
Sanciona el trafico ilicito de drogas y estupefacientes y deroga la ley n° 17.934
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29815 / 8522747.