Texto oficial
Artículo 7°.- El mayor gasto que represente esta ley se financiará con cargo a los fondos o recursos destinados al Ministerio de Bienes Nacional en la Ley de Presupuestos vigente.
Modifica la ley orgánica del ministerio de bienes nacionales y aumenta su planta de personal
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29835 / 8285761.