Texto oficial
Artículo transitorio.- La disposición del artículo 80, letra b), en lo relativo a los videogramas y videocassettes, regirá a contar del 1° de enero de 1987.
Modifica la ley n° 17.336, sobre propiedad intelectual
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29850 / 7183442.