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Artículo UNICO de la Ley 18.453 · Modifica el articulo 49 del d.f.l. (g) n° 1, de 1968, en su letra b)

Modifica el articulo 49 del d.f.l. (g) n° 1, de 1968, en su letra b)

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29857 / 5988186.

Texto oficial

Artículo único.- Sustitúyese la letra b) del artículo 49 del decreto con fuerza de ley (G) N° 1, de 1968, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por decreto supremo (G) N° 14, de 1977, por la siguiente: "b) Oficiales Ingenieros (I) Alférez ...................... 1 año Subteniente .................. 3 años Teniente ..................... 5 años Capitán de Bandada ........... 6 años Comandante de Escuadrilla .... 5 años Comandante de Grupo .......... 5 años Coronel de Aviación .......... 5 años General de Brigada Aérea ..... 2 años General de Aviación .......... .".