Texto oficial
Artículo único.- Sustitúyese, en los dos incisos del artículo 1° de la ley N° 18.203, la expresión "31 de diciembre de 1985" por la frase "30 de junio de 1986".
Modifica el articulo 1° de la ley n° 18.203
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29860 / 5988276.