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Artículo 4 transitorio de la Ley 18.469

Regula el ejercicio del derecho constitucional a la protección de la salud y crea un regimen de prestaciones de salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29872 / 8071345.

Texto oficial

Artículo 4°.- Transcurridos los plazos a que se refiere el artículo 3° transitorio, los trabajadores y pensionados a que en él se alude, deberán contribuir a financiar las prestaciones del Régimen que contempla esta ley, en los porcentajes que fija el artículo 30.