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Artículo 2 de la Ley 18.506 · Modifica el decreto con fuerza de ley n° 5, de 1983, de la subsecretaria de pesca

Modifica el decreto con fuerza de ley n° 5, de 1983, de la subsecretaria de pesca

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29906 / 8285784.

Texto oficial

Artículo 2°.- El gasto que signifique la aplicación de esta ley se financiará con cargo al presupuesto vigente de la Subsecretaría de Pesca del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.